Reglamento de Inteligencia Artificial (IA Act): qué obliga a las empresas y qué formación es obligatoria

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El Reglamento de Inteligencia Artificial de la Unión Europea (Reglamento UE 2024/1689, conocido como IA Act o AI Act) es la primera norma integral del mundo que regula el uso de la inteligencia artificial. Lleva en vigor desde agosto de 2024 y ya hay una obligación que afecta a prácticamente cualquier empresa española que use herramientas de IA: desde el 2 de febrero de 2025, el artículo 4 exige garantizar un nivel suficiente de alfabetización en IA de la plantilla.

En este artículo te explicamos qué es el IA Act, qué fechas son clave, qué obliga a las empresas, en qué consiste exactamente la obligación de alfabetización y qué formación es necesaria para cumplirla.

¿Qué es el Reglamento de Inteligencia Artificial?

El Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, publicado en el Diario Oficial de la UE el 12 de julio de 2024, establece un marco jurídico uniforme para el desarrollo, comercialización y uso de sistemas de inteligencia artificial en la Unión Europea. Es de aplicación directa en todos los Estados miembros, incluida España: no necesita una ley nacional que lo transponga, como ocurre con las directivas.

No es solo una norma para las grandes tecnológicas que desarrollan IA. Afecta también a cualquier empresa que use sistemas de IA en su actividad, aunque esos sistemas sean de terceros. Si tu empresa usa ChatGPT de pago, Copilot de Microsoft, herramientas de IA para RRHH, CRMs con IA integrada o cualquier sistema que tome decisiones automatizadas, el IA Act ya te aplica.

En España, el organismo supervisor es la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña y operativa desde 2024.

¿Cuándo entra en vigor y qué plazos hay?

El IA Act no se aplica de golpe: tiene una estructura escalonada diseñada para dar tiempo a las empresas a adaptarse. Estas son las fechas clave verificadas:

Fecha Qué entra en vigor Estado
1 de agosto de 2024 Entrada en vigor del Reglamento. Inicio del cómputo de todos los plazos. ✅ Ya ocurrió
2 de febrero de 2025 Artículo 4 (obligación de alfabetización en IA) y prácticas de IA prohibidas (artículo 5). ✅ Ya en vigor
2 de agosto de 2026 Aplicación general del Reglamento. La AESIA puede inspeccionar y sancionar con plenas competencias. ⚠️ Este mes
Diciembre 2027 — Agosto 2028 Obligaciones específicas para sistemas de IA de alto riesgo. ⏳ Pendiente
Advertencia importante

La alfabetización en IA ya es obligatoria

La obligación de alfabetización en IA lleva en vigor desde el 2 de febrero de 2025. Si tu empresa utiliza IA y aún no ha formado a su plantilla, lleva más de un año en incumplimiento. A partir del 2 de agosto de 2026, la AESIA puede iniciar procedimientos sancionadores con plenas competencias.

¿Qué obliga a las empresas el IA Act?

El IA Act clasifica los sistemas de IA en cuatro niveles de riesgo, con obligaciones distintas para cada uno:

Sistemas de IA prohibidos

El artículo 5 prohíbe determinados usos de la IA que se consideran inaceptables por su impacto en los derechos fundamentales: sistemas de puntuación social por parte de autoridades públicas, manipulación subliminal, explotación de vulnerabilidades, identificación biométrica en tiempo real en espacios públicos (con excepciones), y sistemas de inferencia de emociones en entornos laborales o educativos. Estas prohibiciones están en vigor desde el 2 de febrero de 2025.

Sistemas de IA de alto riesgo

El Anexo III del IA Act lista los sistemas de IA considerados de alto riesgo, que incluyen los utilizados en: reclutamiento y selección de personal, gestión del rendimiento laboral, acceso a educación, servicios esenciales (crédito, seguros), aplicación de la ley, gestión de infraestructuras críticas y administración de justicia. Las empresas que usen estos sistemas tienen obligaciones adicionales de documentación, registro, supervisión humana y evaluación de conformidad, que se aplican a partir de 2027-2028.

Obligaciones generales para todos

Independientemente del nivel de riesgo, cualquier empresa que use IA tiene dos obligaciones que ya están en vigor:

  • Artículo 4 — Alfabetización en IA: garantizar que el personal que usa sistemas de IA tenga un nivel suficiente de alfabetización en materia de IA (en vigor desde el 2 de febrero de 2025)
  • Artículo 50 — Transparencia: desde el 2 de agosto de 2026, informar a los destinatarios cuando interactúen con sistemas de IA o cuando el contenido que reciban haya sido generado por IA

¿Qué es la obligación de alfabetización en IA?

El artículo 4 del Reglamento es breve y directo. Establece que los proveedores y los responsables del despliegue de sistemas de IA deben adoptar medidas para garantizar que, en la mejor medida posible, su personal y demás personas que se encarguen en su nombre del funcionamiento y la utilización de sistemas de IA tengan un nivel suficiente de alfabetización en materia de IA, teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, su experiencia, su educación y su formación, así como el contexto previsto de uso de los sistemas de IA.

Varios aspectos importantes que conviene aclarar:

  • No hay umbral de tamaño: una pyme de 5 empleados que use herramientas de IA también está obligada
  • No se exige un certificado oficial específico ni un número mínimo de horas de formación
  • La formación debe ser proporcional: el nivel exigido varía según el perfil del trabajador y el tipo de IA que usa
  • Sí se exige documentar: la empresa debe conservar evidencias de la formación (temario, participantes, evaluaciones) que puedan presentarse ante la AESIA en caso de inspección
  • El Digital Omnibus no afecta al artículo 4: las posibles modificaciones del paquete legislativo europeo solo afectan a las obligaciones de alto riesgo. La alfabetización es una obligación que permanece intacta

¿Qué formación en IA es obligatoria para los trabajadores?

Dado que el Reglamento de IA no prescribe un contenido mínimo concreto, la formación debe diseñarse en función del perfil de cada trabajador y del tipo de IA que utiliza. Como orientación general, una formación adecuada debe cubrir al menos:

  • Qué es la IA, cómo funciona y cuáles son sus limitaciones reales (alucinaciones, sesgos, errores)
  • Niveles de riesgo del IA Act y cómo identificar el tipo de sistema que se está usando
  • Qué información puede y no puede introducirse en una herramienta de IA (protección de datos, confidencialidad, RGPD)
  • Cuándo no debe fiarse de una respuesta de IA y cómo verificar resultados
  • Uso responsable y ético de la IA en el puesto de trabajo concreto
IA
Formación obligatoria en IA

Cursos de alfabetización en IA para empresas

El catálogo de GrupoPIC incluye dos cursos específicos para cumplir con el artículo 4 del Reglamento de IA:

  • Alfabetización IA para trabajadores según Reglamento IA Act 4 h · Código 47720 · Obligado cumplimiento
  • Alfabetización IA y cumplimiento IA Act en la empresa 50 h · Código 47520 · Obligado cumplimiento

Ambos cursos son bonificables a través de FUNDAE, por lo que el coste puede ser cero para la empresa. Están disponibles para empresas de Asturias y de toda España.

Consulta los cursos de Alfabetización en IA

Sanciones por incumplir el Reglamento de IA

El artículo 99 del IA Act establece un régimen sancionador escalonado:

  • Uso de sistemas de IA prohibidos: hasta 35 millones de euros o el 7% de la facturación global anual (la cifra mayor)
  • Incumplimiento de otras obligaciones del Reglamento (incluyendo el artículo 4 de alfabetización): hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación global anual
  • Información incorrecta o engañosa a las autoridades: hasta 7,5 millones de euros o el 1% de la facturación global anual

Para las pymes y startups, el Reglamento establece explícitamente que las sanciones deben ser proporcionales y tener en cuenta el tamaño de la empresa. La AESIA, como autoridad supervisora española, tendrá en cuenta este criterio al determinar el importe concreto.

Conclusión: la IA que ya usas ya está regulada

El IA Act no es una norma del futuro: una de sus obligaciones principales lleva en vigor desde febrero de 2025 y la aplicación general del Reglamento llega este mismo mes de agosto de 2026. Si tu empresa usa herramientas de IA —aunque sea solo para redactar correos o analizar datos— ya tiene la obligación de formar a su plantilla en alfabetización en IA y documentarlo.

En GrupoPIC ofrecemos los cursos de alfabetización en IA de obligado cumplimiento adaptados al Reglamento UE 2024/1689, bonificables a través de FUNDAE para empresas de Asturias y de toda España.

Formación en IA

Cumple con la obligación de formación en IA

¿Necesitas cumplir con la obligación de formación en IA del artículo 4 del Reglamento de IA? Contacta con GrupoPIC y te preparamos el plan de formación bonificado que necesita tu empresa.

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