Canal de denuncias en empresas: qué es, quién está obligado y cómo implantarlo

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El canal de denuncias es ya una obligación legal para miles de empresas españolas. Desde diciembre de 2023, todas las organizaciones con 50 o más trabajadores deben disponer de un sistema interno de información que permita comunicar irregularidades de forma confidencial. La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI), operativa desde 2025, ya está realizando inspecciones. Si tu empresa está obligada y aún no tiene el canal implantado, llevas más de dos años en incumplimiento.

En este artículo te explicamos qué es exactamente un canal de denuncias, qué exige la Ley 2/2023, quién está obligado a tenerlo, qué sanciones se aplican y cómo implantarlo correctamente.

¿Qué es un canal de denuncias?

Un canal de denuncias (también conocido en inglés como whistleblowing channel o canal ético) es un sistema que permite a cualquier persona — trabajadores, directivos, proveedores, clientes u otros terceros relacionados con la organización — comunicar de forma confidencial posibles infracciones normativas, conductas irregulares o situaciones contrarias a la ética dentro de la empresa.

No se trata únicamente de un buzón de sugerencias ni de un sistema de gestión de quejas. El canal de denuncias tiene un alcance específico: está diseñado para reportar conductas que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea o del ordenamiento jurídico español, incluyendo corrupción, fraude, acoso, violaciones de normativa laboral, medioambiental, de protección de datos o de seguridad alimentaria, entre otras.

¿Qué dice la Ley 2/2023?

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva Europea 2019/1937, conocida como Directiva Whistleblowing. Entró en vigor el 13 de marzo de 2023 y establece las obligaciones de empresas, administraciones y otras entidades en materia de canales de denuncia interna.

Los elementos clave que regula la ley son:

  • La obligación de implantar un Sistema Interno de Información (SII) para las entidades obligadas
  • Los requisitos técnicos y organizativos que debe cumplir el canal
  • El estatuto de protección del informante: prohibición de represalias, confidencialidad y anonimato
  • La creación de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI), que actúa como canal externo y organismo sancionador
  • El régimen sancionador para quienes incumplan la normativa

¿Qué empresas están obligadas a tener un canal de denuncias?

La obligación se aplica con carácter general en función del tamaño de la plantilla y, en algunos casos, con independencia del tamaño:

Tipo de entidad Obligación Plazo (ya vencido)
Empresas con 250 o más trabajadores Obligatorio 13 de junio de 2023
Empresas con 50 a 249 trabajadores Obligatorio 1 de diciembre de 2023
Partidos políticos, sindicatos y organizaciones empresariales con financiación pública Obligatorio
(sin umbral de plantilla)
13 de junio de 2023
Entidades del sector público Obligatorio
(sin umbral de plantilla)
13 de junio de 2023
Empresas del sector financiero (banca, seguros, inversión, blanqueo) Obligatorio
(sin umbral de plantilla)
13 de junio de 2023
Empresas con menos de 50 trabajadores (sector privado general) No obligatorio
Voluntario
Importante

Todos los plazos ya han vencido

Si tu empresa está obligada y aún no tiene un canal de denuncias operativo y conforme a la ley, llevas más de dos años en incumplimiento y te expones a sanciones desde ya.

¿Y las empresas de menos de 50 trabajadores?

Las empresas con menos de 50 trabajadores del sector privado general no están obligadas por la Ley 2/2023, salvo que operen en sectores específicamente regulados (financiero, blanqueo de capitales, transporte, medio ambiente). Sin embargo, hay razones de peso para implantarlo voluntariamente:

  • Muchas grandes empresas y multinacionales exigen a sus proveedores disponer de un canal ético para poder homologarlos
  • La implantación voluntaria puede aportar ventajas de compliance y reducir la responsabilidad penal de la persona jurídica
  • Es una señal de compromiso con la transparencia y la ética empresarial, cada vez más valorada por clientes e inversores
  • Las empresas de 50 a 249 trabajadores pueden compartir un mismo sistema de información con otras empresas del mismo grupo o sector, lo que reduce significativamente el coste de implantación

Canal interno vs canal externo: diferencias

La Ley 2/2023 distingue dos tipos de canales:

  • Canal interno: gestionado por la propia empresa, que debe designar un Responsable del Sistema Interno de Información. Es el canal prioritario que la ley incentiva, ya que permite a la organización conocer y gestionar las irregularidades antes de que lleguen a la autoridad pública
  • Canal externo: gestionado por la AIPI (Autoridad Independiente de Protección del Informante). Los informantes pueden acudir directamente a este canal, sin haber utilizado previamente el canal interno

La empresa está obligada a informar a sus trabajadores de la existencia de ambos canales. El uso del canal externo no sustituye la obligación de la empresa de tener su propio canal interno: son complementarios, no alternativos.

¿Qué debe incluir un canal de denuncias?

La Ley 2/2023 establece requisitos muy concretos que el sistema debe cumplir:

  • Accesibilidad: debe permitir comunicaciones por escrito, verbalmente o ambas formas, y estar disponible para trabajadores, directivos, accionistas, proveedores y cualquier persona relacionada con la organización
  • Confidencialidad: la identidad del informante, del denunciado y de cualquier tercero mencionado debe estar protegida. Solo el personal autorizado puede acceder a esta información
  • Anonimato: el sistema debe admitir tanto denuncias confidenciales (el informante se identifica pero su identidad queda protegida) como anónimas
  • Acuse de recibo: la empresa debe confirmar la recepción de la comunicación en un plazo máximo de 7 días
  • Seguimiento: el responsable del sistema debe dar respuesta al informante en un plazo máximo de 3 meses desde el acuse de recibo
  • Gestión independiente: el responsable del sistema debe actuar con independencia y autonomía, sin estar sujeto a instrucciones de la dirección en el ejercicio de sus funciones
  • Conservación y eliminación segura: los datos deben conservarse el tiempo necesario para la investigación y eliminarse de forma segura conforme a la normativa de protección de datos
Importante

El canal de denuncias debe cumplir unos requisitos específicos

No sirve cualquier formulario web ni una dirección de correo electrónico genérica. La ley exige un sistema técnicamente adecuado que garantice la confidencialidad y el anonimato.

La empresa también debe designar formalmente un Responsable del Sistema Interno de Información y comunicarlo a la AIPI.

¿Qué sanciones hay por no tener un canal de denuncias?

El régimen sancionador de la Ley 2/2023 distingue infracciones leves, graves y muy graves, con sanciones que pueden alcanzar el millón de euros:

  • Infracciones leves: hasta 100.000 € (por ejemplo, incumplimientos formales o de procedimiento de menor entidad)
  • Infracciones graves: de 100.001 € a 600.000 € (entre ellas, no disponer del canal de denuncias cuando es obligatorio)
  • Infracciones muy graves: de 600.001 € a 1.000.000 € (vulneración grave de la confidencialidad del informante, represalias, obstaculización de investigaciones)

Además de las multas económicas, las empresas que incumplan pueden enfrentarse a la pérdida de subvenciones y beneficios fiscales durante 4 años y a la exclusión de la contratación pública durante 3 años. La AIPI, en funcionamiento desde 2025, ya está realizando inspecciones activamente.

¿Cuánto cuesta implantar un canal de denuncias?

El coste varía en función de si la empresa opta por una solución tecnológica propia, una plataforma externa o un servicio gestionado. Las opciones más habituales son:

  • Plataformas SaaS de canal de denuncias: desde 25-30 €/mes para empresas pequeñas, con funcionalidades básicas de anonimato y gestión de casos
  • Servicios gestionados por consultoras: incluyen la plataforma tecnológica, la gestión de las comunicaciones y el asesoramiento jurídico; precio variable según el alcance
  • Canal compartido para grupos de empresas (50-249 trabajadores): el artículo 10 de la Ley 2/2023 permite que las empresas de este tramo compartan un mismo sistema, lo que reduce significativamente el coste por empresa

En cualquier caso, lo más importante no es solo la herramienta tecnológica, sino el procedimiento que la rodea: política interna de uso del canal, formación del Responsable del Sistema, protocolo de investigación y gestión de casos, y comunicación a los trabajadores.

Formación obligatoria vinculada al canal de denuncias

La implantación de un canal de denuncias no es solo un trámite tecnológico: requiere que los trabajadores y, especialmente, el Responsable del Sistema y los investigadores designados estén adecuadamente formados.

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Conclusión: si tu empresa tiene 50 o más trabajadores, llevas dos años en incumplimiento

El canal de denuncias dejó de ser una recomendación de buen gobierno corporativo en 2023. Es una obligación legal con sanciones de hasta un millón de euros, un organismo supervisor ya operativo y todos los plazos vencidos. Si tu empresa está obligada y aún no ha actuado, el momento de hacerlo es ahora.

En GrupoPIC podemos ayudarte a implantar el canal de denuncias que exige la Ley 2/2023, formar a tu Responsable del Sistema y garantizar el cumplimiento normativo completo.

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