Formación en Prevención de Riesgos Laborales: Obligaciones, tipos de curso y cuándo es necesaria

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La formación en prevención de riesgos laborales no es una opción: es una obligación legal del empresario hacia cada trabajador. Sin embargo, muchas empresas la gestionan de forma deficiente, contratando cursos genéricos que no se adaptan al puesto real o confiando en formaciones descargadas de internet sin validez acreditada. Esto no solo deja a los trabajadores desprotegidos, sino que expone a la empresa a sanciones graves en caso de inspección.

En este artículo te explicamos qué exige exactamente la ley, qué diferencia hay entre un curso de prevención de riesgos laborales genérico y uno específico, si la formación online es válida y qué ocurre en sectores con requisitos propios como la construcción.

¿Qué obliga la ley en materia de formación PRL?

El artículo 19 de la Ley 31/1995

El artículo 19 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, es la norma de referencia en esta materia. Establece que el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.

Cuatro aspectos clave que conviene conocer de este artículo:

  • La obligación recae siempre sobre el empresario, independientemente del tamaño de la empresa o la duración del contrato
  • El coste de la formación no puede repercutirse en ningún caso sobre el trabajador
  • La formación debe impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada laboral; si se realiza fuera, el tiempo empleado se descuenta de la jornada
  • El incumplimiento del artículo 19 se tipifica como infracción grave en la LISOS, con sanciones de 2.451 € a 49.180 €, aplicadas por cada trabajador sin formación acreditada

Advertencia importante

Las sanciones se aplican por cada trabajador individualmente. Si en una inspección se detecta que diez trabajadores no tienen la formación en prevención de riesgos laborales debidamente acreditada, la empresa puede enfrentarse a diez infracciones independientes.

¿Qué debe incluir un curso de prevención de riesgos laborales?

La formación en prevención de riesgos laborales debe estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador. Esto es lo que la diferencia de un curso genérico: no vale impartir el mismo contenido a todos los empleados independientemente de sus riesgos reales.

Un curso de prevención de riesgos laborales adaptado al puesto debe cubrir:

  • Los riesgos específicos del puesto de trabajo y las medidas de protección aplicables
  • El uso correcto de los equipos de trabajo y los equipos de protección individual (EPIs)
  • Los procedimientos de emergencia y evacuación del centro de trabajo
  • Las medidas de actuación en caso de accidente o incidente

Además de la formación específica de puesto, algunos convenios colectivos y normativas sectoriales exigen contenidos adicionales concretos: manejo de extintores, manipulación de cargas, trabajo en altura, riesgo eléctrico, entre otros.

¿Son obligatorios los cursos homologados?

Esta es una de las dudas más frecuentes y también una de las más mal respondidas en internet. La respuesta correcta es: la ley no exige que los cursos de formación en PRL estén «homologados» por ningún organismo oficial externo, salvo en sectores específicos que sí lo requieren expresamente (como la construcción).

Lo que sí exige la ley es que la formación sea impartida por personal cualificado perteneciente al servicio de prevención de la empresa, ya sea propio o ajeno. No cualquier persona puede impartir un curso de prevención de riesgos laborales: debe contar con la titulación técnica correspondiente (Técnico de Nivel Intermedio o Superior, o personal sanitario del trabajo) según establece el RD 39/1997.

Por lo tanto, el concepto de «curso homologado» que circula en muchas búsquedas de internet es, en la mayoría de los casos, un término de marketing y no un requisito legal. Lo que importa es que la formación sea específica para el puesto, impartida por personal cualificado y debidamente documentada.

Formación PRL online: ¿es válida legalmente?

Sí, la formación en prevención de riesgos laborales en modalidad online o a distancia es legalmente válida, siempre que cumpla los mismos requisitos de contenido y cualificación del formador que la formación presencial.

La única limitación es que la formación online no puede sustituir a los contenidos eminentemente prácticos que requieren demostración y ejercicio presencial: el manejo de extintores, las maniobras de primeros auxilios o el uso de determinados equipos de trabajo, por ejemplo, deben tener siempre un componente práctico que no puede realizarse íntegramente a distancia.

En la práctica, muchos cursos de prevención de riesgos laborales adoptan un formato mixto: módulos teóricos online y sesiones prácticas presenciales, lo que permite compaginar la flexibilidad de la formación a distancia con el rigor de los contenidos prácticos.

Formación PRL en construcción: la tarjeta profesional

El sector de la construcción tiene un régimen específico. El VI Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción establece la obligación de que todos los trabajadores del sector cuenten con la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC), que acredita la formación recibida en materia de prevención de riesgos laborales conforme a los requisitos del convenio: un curso inicial de 8 horas (o 20 horas para determinadas categorías) y cursos de actualización periódicos.

Esta formación específica del sector de la construcción se superpone a la obligación general del artículo 19 de la LPRL y no la sustituye, sino que la completa.

¿Existen cursos de prevención de riesgos laborales gratuitos?

Sí, existen opciones de formación gratuita en PRL, principalmente a través de:

  • El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), que financia cursos de formación para trabajadores en activo y desempleados a través del sistema de formación profesional para el empleo
  • Las fundaciones laborales sectoriales (Fundación Laboral de la Construcción, por ejemplo), que ofrecen formación específica para los trabajadores de sus sectores
  • Los propios servicios de prevención, en el marco del contrato de servicio de prevención ajeno, que habitualmente incluyen la formación básica obligatoria

Información importante

La formación gratuita del SEPE es complementaria, no sustitutiva. Para cumplir con el artículo 19 de la LPRL, la formación debe adaptarse específicamente a los riesgos del puesto de trabajo concreto. Un curso genérico de PRL descargado gratuitamente de internet no acredita el cumplimiento de esta obligación.

Cuándo necesita tu empresa formación PRL específica

Más allá de la formación básica, muchos puestos de trabajo y actividades concretas requieren formación especializada de obligado cumplimiento. El catálogo de formaciones de GrupoPIC 2026 incluye cursos específicos de obligado cumplimiento en áreas como:

Formaciones de obligado cumplimiento en PRL

Área Formaciones de obligado cumplimiento (ejemplos)
PRL general PRL Básico (50h), PRL Avanzado (60h), Seguridad y salud laboral, Riesgo eléctrico RD 614/2001, Trabajos en altura, Operador de carretillas elevadoras
Emergencias Manejo de extintores RD 513/2017, Primeros auxilios, Soporte vital básico y DESA
Ergonomía y salud Manipulación manual de cargas, PRL en pantallas de visualización (PVD), Protocolo de riesgos psicosociales
Sectores específicos PRL para comercio y hostelería, PRL para cocinas/bares/restaurantes, PRL para oficinas, PRL para personal de limpieza, Riesgo eléctrico
Acoso y protocolos Prevención de acoso laboral (nivel básico), Protocolo de acoso laboral y sexual (Ley 10/2022), Plan de igualdad RD 901/2020, Desconexión digital

Puedes consultar el catálogo completo de formaciones de obligado cumplimiento de GrupoPIC para 2026 en:

CATÁLOGO FORMACIONES DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO 2026

Conclusión: formar no es un gasto, es una obligación con retorno

La formación en prevención de riesgos laborales es una de las obligaciones más inspeccionadas por la Inspección de Trabajo y, al mismo tiempo, una de las más fáciles de acreditar si se gestiona correctamente desde el principio. Un trabajador bien formado es un trabajador más seguro y más productivo, y una empresa con la formación al día es una empresa con menos riesgo de accidentes, menos sanciones y menos absentismo.

Si necesitas planificar los cursos de prevención de riesgos laborales de tu empresa para 2026 o revisar si la formación actual cubre los requisitos legales de cada puesto, en GrupoPIC podemos ayudarte.

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